Pensión por sobrevivencia
En caso de fallecimiento del pensionado, el beneficio por sobrevivencia se otorga a los siguientes beneficiarios: el o la cónyuge, el o la conviviente de unión no matrimonial, los hijos fuera o dentro del matrimonio, los hijos adoptivos y los padres legítimos y adoptivos.
¿Cómo funciona?
Junto a tu asesor se evaluará tu caso y la posibilidad de recuperar tu dinero
Completaremos documentos e información en caso te hagan falta
Recibirás informes del proceso y tiempo estimado de resolución
Podrás contactar a tu asesor asignado en cualquier momento
Recibirás un informe y transferencia a la cuenta estipulada con el monto recuperado, menos los costos del servicio.