Pensión por sobrevivencia

En caso de fallecimiento del pensionado, el beneficio por sobrevivencia se otorga a los siguientes beneficiarios: el o la cónyuge, el o la conviviente de unión no matrimonial, los hijos fuera o dentro del matrimonio, los hijos adoptivos y los padres legítimos y adoptivos.

¿Cómo funciona?

  1. Junto a tu asesor se evaluará tu caso y la posibilidad de recuperar tu dinero

  2. Completaremos documentos e información en caso te hagan falta

  3. Recibirás informes del proceso y tiempo estimado de resolución

  4. Podrás contactar a tu asesor asignado en cualquier momento

  5. Recibirás un informe y transferencia a la cuenta estipulada con el monto recuperado, menos los costos del servicio.